SUJETOS DEL PAGO DEL IMPUESTO.
1.- ¿ QUIENES SON LOS SUJETOS DE PAGAR LOS IMPUESTOS EN MÉXICO?
SEGÚN LA CPDEUM:. Son obligaciones de los mexicanos:
I. Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación
preescolar, primaria, secundaria, media superior y reciban la militar, en los términos que establezca la ley.
II. Asistir en los días y horas designados por el Ayuntamiento del lugar en que residan, para recibir instrucción
cívica y militar que los mantenga aptos en el ejercicio de los derechos de ciudadano, diestros en el manejo
de las armas, y conocedores de la disciplina militar.
III. Alistarse y servir en la Guardia Nacional, conforme a la ley orgánica respectiva, para asegurar y defender la
independencia, el territorio, el honor, los derechos e intereses de la Patria, así como la tranquilidad y el
orden interior; y
IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del
Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
SEGÚN LA CFF: Las personas físicas y las morales, están obligadas a contribuir para los gastos públicos
conforme a las leyes fiscales respectivas.
Las disposiciones de este Código se aplicarán en su defecto y
sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados internacionales de los que México sea parte. Sólo mediante
ley podrá destinarse una contribución a un gasto público específico.
La Federación queda obligada a pagar contribuciones únicamente cuando las leyes lo señalen
expresamente.
Los estados extranjeros, en casos de reciprocidad, no están obligados a pagar impuestos. No quedan
comprendidas en esta exención las entidades o agencias pertenecientes a dichos estados.
Las personas que de conformidad con las leyes fiscales no estén obligadas a pagar contribuciones,
únicamente tendrán las otras obligaciones que establezcan en forma expresa las propias leyes.
SEGÚN LA LISR: . Las personas físicas y las morales están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en
los siguientes casos:
I. Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de
la fuente de riqueza de donde procedan.
II. Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país,
respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente.
III. Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste.
SEGÚN LA LIVA: Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las
personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:
I.- Enajenen bienes.
II.- Presten servicios independientes.
III.- Otorguen el uso o goce temporal de bienes.
IV.- Importen bienes o servicios.
El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala esta Ley, la tasa del 16%. El impuesto al
valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores.
El contribuyente trasladará dicho impuesto, en forma expresa y por separado, a las personas que
adquieran los bienes, los usen o gocen temporalmente, o reciban los servicios. Se entenderá por traslado
del impuesto el cobro o cargo que el contribuyente debe hacer a dichas personas de un monto
equivalente al impuesto establecido en esta Ley, inclusive cuando se retenga en los términos de los
artículos 1o.-A o 3o., tercer párrafo de la misma.
El contribuyente pagará en las oficinas autorizadas la diferencia entre el impuesto a su cargo y el que
le hubieran trasladado o el que él hubiese pagado en la importación de bienes o servicios, siempre que
sean acreditables en los términos de esta Ley. En su caso, el contribuyente disminuirá del impuesto a su
cargo, el impuesto que se le hubiere retenido.
El traslado del impuesto a que se refiere este artículo no se considerará violatorio de precios o tarifas,
incluyendo los oficiales.